Sentencia judicial: condena al Servicio Andaluz de Salud

EL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, ha sido condenado por un Juzgado de lo contencioso Administrativo de Sevilla, y en virtud de dicha condena ha resultado obligado a abonar la carrera profesional con carácter retroactivo. De esta forma, abonará la carrera profesional desde el momento de la solicitud y no desde el momento del reconocimiento por la propia administración, mediante la publicación del Decreto por el que se procede a reconocer su retribución, con los consiguientesSentencia judicial Servicio Andaluz de saludbeneficios que dicho pronunciamiento lleva aparejado.  Se consigue por tanto anular un Decreto que determina el momento del reconocimiento, en beneficio de los profesionales, siendo en este sentido el momento de solicitud el que determina el devengo de los correspondientes niveles profesionales.

Pese a ser una determinación de carácter autonómico, consideramos que puede ser aplicable a todo el territorio nacional, por lo que se recomienda la mención de este criterio en todas las solicitudes tanto administrativas como judiciales que se realicen sobre estos conceptos retributivos. Si tiene alguna duda, OP Abogados está especializado en derecho sanitario: estamos a su entera disposición.

Alberto Ortega Perez

Abogado, OP ABOGADOS