Permisos laborales retribuidos: en qué casos seguiré cobrando

Para comenzar, debemos aclarar que todos los trabajadores tienen derecho a permisos laborales retribuidos para ausentarse de su puesto de trabajo, previo justificación y aviso, por alguno de los motivos que explicaremos a continuación.

Permisos laborales retribuidos

Los permisos laborales retribuidos

Según dice el Ministerio de Empleo y Seguridad Social en su guía laboral, para que los permisos sean efectivos se tendrán que notificar a la empresa con antelación y justificarse posteriormente.

Los permisos laborales retribuidos son los siguientes, sin especificar las horas:

  • Matrimonio
  • Nacimiento de un hijo
  • Fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad
  • Traslado del domicilio habitual
  • Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal/ ejercicio del sufragio activo
  • Acudir a exámenes
  • Representantes de los trabajadores
  • Por búsqueda de empleo
  • Desplazamiento temporales
  • Permiso retribuido para ir al médico (o en algunos casos llevar a los hijos al médico)
  • Ante nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la lactancia de un hijo menos de nueve meses
  • Nacimiento de hijos prematuros o que deban permanecer hospitalizados a continuación del parto
  • Guarda legal
  • Cuidado de menor con cáncer
  • Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
  • Casos de adopción o acogimiento, o guardia con fines de adopción
  • Permiso con reserva de puesto de trabajo para asistencia a curso de formación
  • Trabajadora víctima de violencia de género

Los permisos laborales no retribuidos se pueden solicitar si se tiene algún cargo electivo a nivel provincial en organizaciones sindicales, por ejemplo.

Remuneración con permisos laborales retribuidos

La remuneración tienes derecho a tenerla si, previo aviso y justificación, el trabajador ha solicitado ausentarse del trabajo.

Es decir, el salario a percibir será el mismo que sí acudiese a trabajar, esto es, el salario base más complementos.

Con carácter general, no se incluirán las posibles horas extraordinarias que hubiera realizado, pero sí deben de incluir las primas de producción o productividad.

Si sucede que en la remuneración no constan los días en los que te conceden un permiso laboral retribuido, no dude en contactar con nosotros, y desde OP Abogados gestionaremos el procedimiento para que tus derechos sean respetados.