Accidentes laborales: qué derechos tengo

Accidentes laboralesEn España hubo casi 600.000 accidentes laborales en 2017 (descarga aquí el informe del Ministerio de Empleo). ¿Has sufrido alguno? ¿Te has planteado que derechos tienes? En este artículo te contamos los derechos de los que dispones.

Las empresas son conscientes de que deben proteger y asegurar la salud de sus trabajadores y poner todos los medios posibles a su alcance, pero aun así a veces es imposible eliminar totalmente los riesgos y evitar ciertos accidentes laborales. Por ello, es importante conocer los derechos que te amparan a la hora de sufrir una baja laboral por accidente.

Definición legal: no es del todo acertada Se consideran accidentes laborales aquellos que se producen mientras estás en el trabajo y que te causen lesiones o que requieran atención médica. Además, tiene que haber una relación causa y efecto entre la lesión sufrida y el trabajo desempeñado.

No solo los desempeñados en el lugar de trabajo, también los que suceden durante los desplazamientos desde su casa al centro de trabajo, o viceversa, y aquellos que sea necesario realizar dentro de la propia jornada laboral.

Todos los trabajadores por cuenta ajena están protegidos por esta contingencia. Igualmente quedan cubiertos los autónomos que hayan escogido la protección de accidente en sus coberturas de cotización.

Derechos en caso de baja por accidente laboral.

La baja médica durará el tiempo necesario hasta la recuperación total de los daños. EN este intervalo tienes derecho a:

  • Asistencia médica: incluye todos los tratamientos necesarios para tu recuperación.
  • Prestación por incapacidad temporal (I.T.): si los daños te impiden trabajar durante una temporada, estarás de baja médica. Durante este tiempo recibirás una prestación por incapacidad temporal. Esta retribución está destinada a cubrir la pérdida de rentas ocasionadas por no poder ir a trabajar. La cantidad a cobrar oscila entre un 75% base reguladora diaria y la totalidad de ella, dependiendo del convenio colectivo de aplicación según la actividad empresarial.
  • Si tu accidente ha sido causado por negligencia empresarial, por falta de medidas de higiene o seguridad en tu centro de trabajo, la prestación se puede incrementar entre un 30% y un 50% a modo de compensación. Para ello es necesario presentar un denuncia ante la autoridad laboral competente, esto es,  poner la situación en conocimiento de la Inspección de Trabajo para que acuda al centro de trabajo a hacer una inspección, y ,verifique si la empresa cumple con sus obligaciones y deberes en materia de prevención de riesgos laborales.
  • En caso de que la empresa te despida mientras estás en baja por accidente laboral, seguirás cobrando la prestación por incapacidad temporal hasta que recibas el correspondiente alta médico. Una vez recibas el alta tendráás 15 días hábiles para solicitar la prestación por desempleo, siempre que cumplas con los requisitos legales exigidos.
  • No es necesario un tiempo mínimo de cotización para tener derecho a ella.

INCAPACIDAD PERMANENTE O COBRO DE INDEMNIZACIONES

Si las lesiones son muy graves o se agota el periodo de incapacidad temporal, puedes pasar a una situación de incapacidad permanente. En este caso tienes derecho a solicitar a una pensión contributiva por incapacidad (total, parcial, absoluta o gran invalidez) que sustituyan a los ingresos que dejes de recibir por no poder trabajar de forma total o parcial.

También puedes pedir una indemnización por lesión no invalidante (si, por ejemplo, pierdes un dedo de un pie). Es decir, en los casos de sufrir una lesión permanente, pero que no te impida seguir trabajando.

Otra opción es si consideras que el accidente se ha producido a causa de la falta de medidas preventivas por parte de la empresa. Aquí tendrías derecho a reclamar judicialmente a la misma para que te indemnice. Lo recomendable es contar con un informe de la Inspección de Trabajo, que suele actuar de oficio, aunque si no es así, puedes ponerte en contacto con ella para que inicie una investigación.

Si tienes dudas o quieres ampliar información sobre qué puede sucederte en caso de baja médica por accidente laboral, contacta con nosotros y te asesoramos. En OP Abogados tenemos más de una década de experiencia en deceso laboral.