Gestación subrogada: ¿qué derechos tienen los padres?

Según va pasando el tiempo, cada se ve más normalizada la práctica de la gestación subrogada, también conocida como vientres de alquiler o gestación por sustitución. Esto no quiere decir que sea una práctica que esté regulada (no lo está). Se puede decir que en España es nula de pleno derecho.

gestación subrogadaLa Dirección General de los registros y el Notariado permite, desde 2010, inscribir en el Registro Civil a los hijos que hayan nacido mediante esta técnica. No como descendientes de la gestante, sino del solicitante. Esto sucede siempre y cuando la gestación subrogada se haya llevado a cabo en un país que sea legal, se garanticen los derechos de la gestante y uno de los solicitantes sea español se han inscrito alrededor de 1000 niños. La mayoría procedentes de dos países: Estados Unidos y Ucrania. De estos dos países proceden el 80% del total.

Gestación subrogada: jurisprudencia en España

Han sido una serie de sentencias judiciales las que han ido aclarando el camino, y evitando que estas familias se quedaran en un limbo legal.

En 2012, se reconocían los efectos jurídicos de la gestación por sustitución a la hora de recibir prestaciones de la Seguridad Social. Hablamos de la prestación por maternidad y el descanso en casos de parejas del mismo sexo.

Dos años después, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea eximía a los países miembros de tener que reconocer permisos de maternidad a madres que hayan tenido un hijo por gestación subrogada. Consideran que no es discriminatorio porque, argumentan, que no se puede considerar discapacidad para el trabajo el no poder tener hijos.

Volviendo a nuestro país, a finales de 2016 el Tribunal Supremo dictó dos sentencias en unificación de doctrina. Estas son las que, según la propia Seguridad Social, hay que tener en cuenta. En ellas, se reconoce el derecho a percibir la prestación por maternidad (art. 177 de la Seguridad Social) a los padres de hijos nacido por esta técnica.

Es la primera vez que se reconoce la prestación por maternidad en un caso de este tipo, en protección del interés del menor. Esta doctrina se aplica por parte de la Seguridad Social sin tener en cuenta el sexo del progenitor.

Son varias sentencias judiciales que reconocen ya este derecho. Mejor dicho, lo corroboran. La argumentación es que, al igual que en los casos de fallecimiento del progenitor que no trabaja se extiende la prestación al progenitor restante. Al fin y al cabo, es el único que, materialmente, está a cargo de los niños. Estas sentencias admiten tanto el derecho a la prestación, como a la baja.

Leyes de igualdad LGTBI

Hay que añadir que, por lo general, las diferentes leyes sobre igualdad LGTBI que han ido aprobando las Comunidades Autónomas, también reconoce la importancia de fomentar el respeto y la protección de niños de familias de este colectivo, incluyendo los adoptados y los gestados por sustitución.

Aún así, es habitual que las familias que recurran a estas técnicas en el extranjero todavía necesiten contratar a un abogado para gestionar todos los trámites, y garantizar que los hijos tengan plenos derechos.